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Litio a 01/01/08: nuevas normas PDF Imprimir E-mail
Un artículo de Editor   
sábado, 29 diciembre 2007
Tal como presagiábamos en nuestro artículo “Baterías de litio: restricciones”, a partir de este inminente día uno de enero de 2008, más de un viajero de líneas aéreas podría llevarse una sorpresa adicional al llegar el mostrador de embarque.

 

 




En efecto, con esa fecha se aplicarán unas nuevas normas para el transporte de las baterías de litio en las aeronaves, y ello con vistas a prevenir los riesgos de incendios provocados principalmente en las bodegas de dichas aeronaves por baterías de litio cortocircuitadas y con mal funcionamiento de su termistor de seguridad. Se trata de algo, que, aunque extremadamente raro, ha ocurrido en varias ocasiones, especialmente en aviones de carga.

Quizá lo más importante, cara al usuario final, es que la nueva norma afecta tanto a las baterías de litio que podrían haber sido transportadas en el equipaje de bodega como a las que pueda portar el viajero consigo en su equipaje de mano.

Según se desprende de la nueva norma, publicada en la página gubernamental U.S.A. correspondiente, desde el día 1 de enero de 2008 queda totalmente prohibido transportar baterías de litio “de reserva” en el equipaje de bodega, debiendo ser portadas en nuestro equipaje de mano.
En dicho equipaje de mano, la batería que alimenta y está incorporada a nuestro dispositivo (ordenador portátil, cámara, teléfono móvil, etc.) no es considerada “batería de reserva”.
En el caso de que resulte imprescindible transportar un dispositivo en el equipaje de bodega, puede hacer con la batería instalada, si bien se recomienda –en todo caso– portar dicho dispositivo en nuestro equipaje de mano, donde podemos también incorporar baterías de reserva.... dentro de ciertos límites.

Los límites se expresan tanto para la o las baterías incorporadas en los dispositivos como para las de reserva y se expresan en gramos de “contenido equivalente en litio” ("equivalent lithium content") (*), siendo, como referencia, 8 gramos aproximadamente equivalentes a una potencia de 100 watios/hora, y 25 gramos, 300 watios/hora.

Según las nuevas normas, podemos llevar con nosotros, incorporada en nuestro dispositivo,  una batería de hasta 8 gramos equivalentes de contenido de litio. La mayor parte de las baterías para teléfono móvil y ordenador portátil caen dentro de esa categoría “segura” o permitida.
Además, podemos portar dos baterías de reserva con un contenido total de entre 8 y  25 gramos equivalentes de contenido de litio adicionalmente a cualquier batería por debajo de los 8 gramos tantas veces citados instalada en el dispositivo.

 

Actualización: al parecer, el concepto es que, en total, con nosotros, el máximo que podemos portar, es el de un "equivalente de contenido en litio" de 25 gramos, sumando, tanto la o las baterías instaladas en nuestros dispositivos, con las (máximo de dos) de reserva. Adicionalmente, las de reserva habrán de transportarse de tal forma que no puedan cortocircuitarse, protegidas con sus tapas específicas, y preferentemente cada una en una bolsa individual de plástico de tipo cierre "zip-lock".

Las baterías que en lugar de ser del tipo de ión-litio a las que se hace referencia más arriba, son del tipo de litio metálico, son mucho más problemáticas, y el límite, instaladas o no, es de 2 gramos de litio metálico.

Como puede verse, aunque la norma está “clara” no es tan fácil de calcular el límite para un simple usuario.. Nos parece entender que no habrá problema en llevar con nosotros varios dispositivos con sus baterías instaladas, pero en lo que se refiere a baterías de reserva, da la impresión de que solo pueden llevarse dos, no “dos por dispositivo”, aunque quizá esto último fuese posible siempre que no se sobrepase “la masa crítica”.

Se nos ocurre pensar que a partir de ahora, se van a crear nuevas “normas” de uso práctico.

La primera, es que los fabricantes tendrán que especificar en cada batería “el peso en gramos de litio equivalente”, y para las baterías anteriormente fabricadas, tendrán que emitir listados oficiales, que quizá tengamos que llevar con nosotros en los viajes.

Parece cierto que tendremos que acostumbrarnos a llevar siempre uno o dos cargadores (para acelerar la carga de más de una batería), y pedir a los fabricantes que sean más ligeros y rápidos que nunca.

Por otro lado, salvo que cambien las normas, los propios fabricantes de cámaras y otros dispositivos tendrán que considerar, allá donde sea posible, la utilización de otros tipos de baterías, como por ejemplo las de hidruro de níquel, si es que no se ha llegado ya a los límites de capacidad y potencia.

Otra alternativa sería ampliar la oferta de "packs" de baterías que, con el límite de peso en litio autorizado, ofrecieen multivoltajes y multiconectores.

31/1207: puede leerse (en inglés) un interesante, razonado y caústico artículo de Charlie Demerjian, del "The Inquirer"

El tiempo dirá.

(*) "equivalent lithium content":  el contenido de litio en las baterías medido en termino de horas-vatios:  el equivalente de 25 gramos de litio seria una batería con capacidad de 300 hora-vatio:

"expressed in grams of "equivalent lithium content.” 8 grams of equivalent lithium content is approximately 100 watthours. 25 grams is approximately 300 watt-hours":

O sea que el equivalente de un gramo de lithium es una capacidad 12,5 hora-vatios.
 

Última actualización ( lunes, 31 diciembre 2007 )
 
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